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¿Cómo Podríamos Aprovechar Los Servicios Que Nos Prestan Los Abogados Especialistas En Derecho Inmobiliario, Para Generar Ingresos Con Bienes Raíces?

D esde hace ya varios años se habla mucho de inversiones, se habla mucho de emprender y SE HABLA MUCHO DE GENERAR INGRESOS A TRAVÉS DE INMUEBLES , a través de casas, de departamentos, de terrenos, de locales comerciales…

Y aquí como participan los abogados inmobiliarios… ¿CÓMO PODEMOS SACARLE PROVECHO A LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO INMOBILIARIO? , para que esto nos generen ingresos a través de los inmuebles…

Bueno si siguiéramos un poco lo que enseña Robert Kiyosaki, en su famosísimo libro “Padre Rico – Padre Pobre” que nos dice VAMOS A GENERAR INGRESOS PASIVOS…, VAMOS A HACERNOS DE INMUEBLES…, QUE NOS GENEREN INGRESOS…,

Y bueno pues ahí él recomienda, o nos dice,  que no precisamente para invertir hay que tener dinero, o posiblemente no mucho dinero…

Y él dice: Puedes negociar con el vendedor…, con la persona que está vendiendo el inmueble, para llegar a un acuerdo en el que existan condiciones que le beneficien…, y que le permitan comprar aun si tener dinero…,

Recordemos esto lo dice mucha gente para lograr esto, si vamos con un vendedor y le hacemos una oferta como la que le voy a platicar, probablemente les diga que no… y si lo ofrecemos a 2 o 3 personas tal vez le digan que no, esto se trata de estar tocando puertas continuamente, dicen por ahí de cada 100 personas a las que les proponga esto tal vez una te acepto, ¿no?

Entonces esto depende mucho de la persistencia…,

¿Cuál es una de las maneras en las que podemos hacernos de un inmueble sin dinero o con poco dinero?

Bueno aquí, un poco aquí antes de pasar al punto, CON LA INTERVENCIÓN DE LOS ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO INMOBILIARIO , es la redacción de un contrato, ya decíamos antes que los abogados se ocupan entre muchas otras cosas a redactar contratos, a la elaboración de contratos que sean un traje a la medida para nuestras necesidades… entonces…

¿Qué Contrato Pueden Redactar Los Abogados Inmobiliarios Para Hacernos De Un Inmueble, Sin Dinero, o Con Poco Dinero?

Uno de los contratos que podrían ser, sería el contrato de:

  • El contrato de arrendamiento con opción a compra:

    El contrato de arrendamiento con opción a compra, es decir, yo te rento el inmueble pero vamos a pactar, vamos a acordar que en algún momento, tú me tienes que vender…

    Y que se puede poner en este contrato, bueno un par de modalidades:

    Yo puedo pactar con el dueño del inmueble que me lo rente por x tiempo, y que al final todo lo que usted le pago de renta se tome al cuenta del precio…

    Por ejemplo un inmueble que se vende en un millón de pesos, usted le dice al propietario, réntamelo por x tiempo y si al final de este tiempo yo te pague 200, 000.00 pesos de renta, pues ya nada más para que sea mío t pagare la diferencia que son $ 900,000.00 pesos.

    Este sería el primer esquema, algún dueño podría decir es demasiado que todas las rentas se tomen a cuenta del precio, entonces podría pactarse también que un porcentaje de la renta se tome a cuenta del precio.

    Por ejemplo en esta segunda modalidad y en el ejemplo que yo le decía, pues si le pague $ 200,000.00 pesos de renta, podemos pactar que, la mitad el 50% sea lo que se tome a cuenta del precio, entonces de los $100,000.00 que te pague de renta, me tomas a cuenta del precio $100,000.00 y ya solo te pagare el resto, $900,000.00, para que me vuelva yo dueño del inmueble…

    ¿Esto que nos permite?

    PRIMERO. – Comprometer el inmueble, ya lo tenemos comprometido a nuestro favor y durante todo el tiempo que dure el arrendamiento, pues tenemos, opción de movernos, buscar algún socio, o algún inversionista, incluso porque no decirlo, pues un segundo comprador, al que se lo podemos dar más caro, si lo compramos en $ 1´000,000.00, lo vendemos en: $ 1´500,000.00, lo que se pueda y ahí esta nuestra utilidad.

    Otra idea por ejemplo, para estos contratos de arrendamiento con opción a compra, para darnos este tiempo podríamos decirle a una persona que rente, dame tu inmueble en arrendamiento, con opción a compra y yo te pago de manera adelantada, un año de rentas, por decir algo no, podrían ser algunos meses, podrían ser más de un año, entonces yo tengo una cantidad importante…

    Pero desde luego no me alcanza para para pagar el precio que están pidiendo, entonces, bueno yo le digo esta cantidad que yo tengo ya ahorrada, te la entrego a cuenta de la renta, una renta anticipada…, te anticipo un año pues de rentas y al final en el plazo que estamos pactando ya sea una cantidad o un porcentaje, tómamelo a cuenta del precio, entonces esta sería la manera de tener ingresos a través de bienes raíces, con un vehículo llamado arrendamiento con opción a compra que nos redactan los abogados inmobiliarios.

Pero pues también vamos a pasar a OTRO TEMA DE NEGOCIOS QUE TAMBIÉN SE PUEDEN HACER sin que nosotros nos volvamos dueños del inmueble…

Y estos ES CUANDO INTERMEDIAMOS CON LOS INMUEBLES, QUE NUESTRA LABOR CONSISTE EN PONER EN CONTACTO A LOS VENDEDORES, CON LOS COMPRADORES , lo que normalmente se conoce como corretaje inmobiliario…

¿Y esto como lo logra el abogado?

  • Bueno lo va a lograr con un contrato de comisión mercantil:

    Bueno lo va a lograr con un contrato de comisión mercantil, ahí se va a establecer que el dueño del inmueble, nos faculta para que promovamos su venta, pongamos anuncios en los medios de comunicación que se pueda, para que los mostremos cuando surja un posible comprador y en el momento en el que se cierra la venta, nosotros vamos a cobrar una comisión, y esa comisión pues es un porcentaje del precio en el que se vende…

    ¿Cuáles son esos porcentajes?

    Pues se pueden pactar libremente, pero en México estaríamos hablando que es entre un 3 y un 5% del valor o del precio final de venta.

    Entonces primer contrato a través del cual podemos hacer contratos a través inmuebles que no son nuestros, pues es este, el de comisión mercantil.

    Ya sea que nos dediquemos a esto de manera profesional, o simple y sencillamente nosotros somos buenos negociantes, somos buenos para el comercio y nunca faltara alguna tía, algún primo, algún familiar que tiene un inmueble y no se anima a venderlo porque no sabe bien como, no lo quiere estar mostrando, no lo quiere estar enseñando pues nos lo da en comisión mercantil, para que nosotros seamos los que promovamos la venta y en caso de que se concrete la venta, cobremos un porcentaje llamado comisión.

Y el OTRO VEHÍCULO EN EL QUE PODEMOS HACERNOS DE INGRESOS A TRAVÉS DE INMUEBLES QUE NO SON NUESTROS ES:

  • Con un contrato de asociación en participación:

    Este se va entender también MUY BIEN con un ejemplo:

    Pensemos que hay un inmueble, hay una casa, que está algo descuidada que esta algo vieja y el dueño la quiere vender, quiere vender esta casa y pensemos que en las condiciones descuidadas en las que está por la falta de mantenimiento, pues si se vende así como esta podríamos venderla en $1´000,000.00 de pesos, pero nosotros sabemos que si esa casa se arreglara, tal vez se podría vender en $1´750,000.00, si le ponemos un piso nuevo, la pintamos, cambiamos algunos muebles de baño o algunos muebles de cocina…, en fin si la remodelamos el precio comercial, podría ser bastante superior al millón y medio de pesos…

    Entonces le decimos a esta persona, oye porque no me permites que yo lo promueva en venta, pero yo sé que si lo vendemos así, prácticamente lo vas a estar REMATANDO, vas a tener un precio muy castigado, entonces yo tengo algo de dinero, supongamos que yo tengo $200,000.00 pesos, entonces permítete yo hacer la remodelación, con mi dinero, voy a cambiar el piso, voy a pintar o cambiare los baños etc., lo que haga falta, impermeabilizar y una vez que esto este arreglado, entonces ya lo promuevo en venta, no la voy anunciar en un millón, si no que la voy a anunciar en 2 millones y esta diferencia en el precio, al sacarlo con un precio más elevado, pues ya lo compartimos con el dueño, un porcentaje, como se pacte, como se determine, en el ejemplo como en el que pusimos hay una diferencia de $500,000.00 pesos, si el quería obtener un $1´000,000.00  y yo invierto $200,000.00 pesos y lo vendo en $1´750,000.00, pues la diferencia son $500,000.00 pesos y esos los puedo repartir con el propietario, ya sea en un ejemplo extremo, que a él solo le toque su millón y yo me quedo con todo lo demás o  que a el le toque su millon más un porcentaje de estos $500,000.00 pesos, ya sea un 10% o un 20%, en fin lo que se pacte, y todo esto se logra con un contrato de asociación en participación.

    En este contrato nos vamos a asociar para que el propietario ponga el inmueble, usted pone las remodelaciones y con estos 2 elementos hacemos un buen negocio, de vender un inmueble en mejores condiciones y desde luego obtener un mejor precio de venta.

    Ya finalmente podríamos tener la duda ¿y que pasa con mis $200,000.00 pesos, si los invierto en el inmueble, pongo la cocina, los pisos y todo lo demás y al final del día, esta persona no me quiere pagar?, no, es decir no me quiere reembolsar lo que invertir y no me quiere pagar mi comisión, …, bueno esta obligaciones que nacen del contrato de asociación en participación, si el monto ya alcanza cierta cantidad importante, podría garantizarse con un hipoteca, es decir, que el mismo inmueble que yo voy a vender este garantizando, que ami me van a reembolsar lo que invertí y además me van a pagar la comisión que yo haya pactado con el dueño.

    Esa seria alguna manera de garantizarlo entre algunas otras, pero esta es una de las más seguras, hasta aqui algunos contratos inmobiliarios que pueden ser interesantes para las personas, espero haberme explicado bien…

abogados especialistas en derecho inmobiliario en torreon

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