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“SU EMPRESA NO VA A CAER POR LA DEMANDA SI NO POR LO QUE NO HA PREVISTO (AÚN)”

Lo que esta en juego no es solo es una cuestión legal… es su negocio. Lea con atención por que lo que viene puede salvarle y proteger lo que ha construido.

Usted no esta aquí por una simple duda legal, esta aquí por algo más profundo que lo inquieta o porque sabe que algo anda mal, quizás un cliente importante le debe y eso a empezado a afectar su flujo, un proveedor no le ha cumplido lo pactado, este enfrentando un embargó donde le incautaron, cuentas, maquinaria, o inventario debido a litigios pendientes, le han vendido productos defectuosos que le provocaron perdidas económicas afectando la reputación de su empresa, o tenga conflictos con sus socios o accionistas por desacuerdos sobre la administración, reparto de utilidades, decisiones estratégicas o la salida de uno de los socios sin que existan clausulas claras para la disolución o venta de acciones…

Lo que esta en juego aquí no es solo dinero es la estabilidad y futuro de su empresa. “ESTOS CASOS TERMINAN EN LITIGIOS MERCANTILES, CUANDO NO SE LOGRAN RESOLVER POR LA VÍA EXTRAJUDICIAL”

¿En quien quiere convertirse?

En el empresario que pierda una demanda y acaba comprometiendo el patrimonio que tanto esfuerzo le ha costado, e insulten su inteligencia. O usted es una persona que a pesar de los problemas, sigue creciendo y demuestra que una crisis no define el destino de su empresa, que protege lo que ha construido, que sigue avanzando con seguridad, que entiende que la fortaleza es algo que necesita para ser exitoso en lo negocios y que cualquier golpe debe ser neutralizado a tiempo…

El problema que enfrenta no es una demanda es la incertidumbre, es lo que usted no esta viendo

En los tribunales mercantiles de México hemos visto casos que empiezan con la notificación de una simple demanda de incumplimiento de contrato o la falta de pago de un pagaré, y terminan en la liquidación forzosa de una empresa. Las demandas por títulos de crédito, embargos preventivos, ejecuciones forzosas y conflictos por contratos son moneda corriente. Pero no actuar a tiempo puede costarle no solo dinero si no la capacidad de seguir operando…

Un embargo de cuentas, una disputa con un socio o una demanda de proveedor por incumplimiento de contrato, son el tipo de situaciones que pueden poner de rodillas a su empresa, si no se manejan con rapidez y precisión.

Usted necesita un plan, no promesas

Aquí es donde nuestro equipo hace la diferencia. Este es el plan, directo pero contundente:

  • Primero evaluaremos la situación y revisaremos su caso desde todos lo ángulos posibles: ¿Se enfrenta a una demanda por falta de pago o incumplimiento?, ¿Esta a punto de sufrir un embargo preventivo?, ¿Un contrato de arrendamiento le esta costando más de lo que su negocio puede soportar?, ¿Debe negociar con el consejo de administración o sus socios?

  • A partir de ahí trazaremos una estrategia clara y directa para neutralizar los riesgos. Podría tratarse de una negociación exitosa antes de llegar a tribunales, o si ya esta inmerso en el litigio, le proporcionaremos la mejor defensa posible para que su empresa no pierda más de lo necesario. En cada paso del proceso usted sabrá exactamente que esperar y cómo protegerse.

Como funciona

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Solicite una evaluación de su caso y una estrategia legal personalizada que le dará la ruta para tomar sus mejores decisiones.

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Realizado el pago y la consulta, recibirá una estrategia legal diseñada con pasos concretos para proteger sus intereses.

Proteja su futuro

Si el plan le convence contrátenos para llevar a cabo las acciones necesarias y asegurar la protección de sus derechos.

¿Qué pasa si no actúa?

Cada día que pasa sin una respuesta clara es un día en el que el riesgo para su empresa aumenta. Hemos visto como empresarios deciden “ESPERAR HABER QUÉ PASA”, terminan con embargos en sus cuentas, maquinaria incautada o contratos clave cancelados o rescindidos, por falta de solvencia. El precio de la inacción es demasiado alto: puede perder su liquidez, su capacidad de operar y en el peor de los casos su negocio.

Imagine su vida empresarial en unos meses

Mientras otros empresarios siguen luchando con embargos y demandas, usted ya habrá resuelto sus problemas legales y habrá fortalecido su posición en el mercado, con cada paso que de, lo hará con la seguridad de que su empresa esta protegida. Ya no estará apagando incendios legales: estará tomando decisiones con confianza, habrá aprendido de lo sucedido, y sabrá que su negocio esta blindado contra futuras amenazas.

“ESTE NO ES SOLO UN PROBLEMA MÁS QUE RESOLVER; ES UNA OPORTUNIDAD PARA ASEGURARSE DE QUE SU EMPRESA ESTE LISTA PARA LO QUE VENGA, PERO SOLO SI DECIDE ACTUAR AHORA”

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Contáctenos para saber que puede o debe hacer antes de tomar acciones legales o cuales son sus derechos y evite actos arbitrarios de personas o autoridades en cualquier contingencia litigiosa. Que regrese la paz y tranquilidad sera consecuencia de que decida acceder a la justicia.

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Preguntas frecuentes

  • ¿Que hacen los abogados mercantiles y dónde se desempeñan?

    Me da mucho gusto estar nuevamente con ustedes, algunos pues ya me conocen y pues otros aun no y para los que no, pues me presento soy el Lic. Luis Enrique Lucero Gallegos, y soy uno de los abogados especialistas en derecho mercantil, me he desempeñado en la abogacia, y tenido la experiencia de brindar consultoría jurídica para empresas nacionales como multinacionales, así como prestando servicios profesionales relacionados a la asesoría y defensa legal para comerciantes, y pues prácticamente conociendo diversos temas en materia mercantil.

    Ahora bien, con los problemas y las negociaciones que se suscitarán en los tratados de libre comercio y desde luego en lo que conocemos como el T-MEC (Tratado de libre comercio entre México, Estados Unidos y Canadá) se abrirán las puertas a debates por las consecuencias de esta contingencia o emergencia sanitaria internacional. La cual afectara las relaciones comerciales ¿Entre quienes? Entre 2 sujetos que realizan actos de comercio: el titular de un derecho o acreedor y el obligado o deudor.

    México mediante su plan de desarrollo requerirá sistemas de justicia más eficaces para tratar de resolver este tipo de dificultades, así como como abogados especialistas en derecho mercantil, ya que este problema estará permeando en sus 32 entidades federativas, con una gran carga judicial, pero sobre todo económica.

  • ¿Cuales son las ventajas de tener un abogado mercantil en su empresa?

    Hoy por hoy será necesidad establecer abogados especialistas en derecho mercantil o en el propio código de comercio, y en otras leyes especiales en su empresa para tener éxito al cumplir o ejecutar su objeto social, hacer fusiones o adquisiciones.

    Y esto lo digo porque efectivamente hablar de la materia mercantil, es tener en su equipo que involucrarse en cada una de las situaciones y especificidades que involucra la materia en sus negocios.Y al requerir de un gran cambio, al hablar de tener sistemas judiciales más eficaces me remite a hablarle un poco de…

  • ¿Que es el juicio oral mercantil?

    “EL JUICIO ORAL MERCANTIL QUE ES UNO DE LOS MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS QUE TIENE POR OBJETO VENTILAR Y DECIDIR LAS CONTROVERSIAS QUE DERIVEN DE ACTOS DE COMERCIO”.

    ¿Como?

    Mediante una decisión de la autoridad judicial, es decir una sentencia, que ACABARA CON LA INCERTIDUMBRE DE UNA SITUACIÓN QUE TIENE CONSECUENCIAS JURÍDICAS, RECONOCIENDO UN DERECHO A ALGUNA DE LAS PARTES QUE ESTE EN CONTROVERSIA EN EL JUICIO, CREANDO, MODIFICANDO O EXTINGUIENDO UN DERECHO O UNA SITUACIÓN JURÍDICA, O POR ULTIMO PODRÍA CONDENAR A UNA DE LAS PARTES A UNA CONDUCTA FORZADA, POR EJEMPLO EL PAGO O EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN.

    Bien, entonces remitiéndonos a lo narrado en líneas arriba, ESE JUICIO TIENE QUE DERIVAR DE UN CONFLICTO SUCEDIDO ENTRE LAS PARTES POR UN ACTO DE COMERCIO.

  • ¿Cuales son aquellos actos de comercio de donde se puede derivar un juicio oral mercantil?

    El articulo 75 del código de comercio, reputa o conceptúa, cuales son esos actos de comercio en forma enunciativa, más no limitativa y son los siguientes:

    1. Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;
    2. Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;
    3. Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;
    4. Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;
    5. Las empresas de abastecimientos y suministros;
    6. Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;
    7. Las empresas de fábricas y manufacturas;
    8. Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo.
    9. Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;
    10. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;
    11. Las empresas de espectáculos públicos;
    12. Las operaciones de comisión mercantil;
    13. Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;
    14. Las operaciones de bancos;
    15. Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;
    16. Los contratos de seguros de toda especie;
    17. Los depósitos por causa de comercio;
    18. Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;
    19. Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;
    20. Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;
    21. Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;
    22. Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;
    23. La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;
    24. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
    25. Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.

    “SI SU EMPRESA PROVEE ALGÚN PRODUCTO O PRESTA ALGÚN SERVICIO DE LOS ENUNCIADOS EN ESTE ARTÍCULO A OTRO COMERCIANTE, EN DONDE LA OPERACIÓN NO SUPERE LOS $682, 646.89 PESOS, NO REQUIERA UNA TRAMITACIÓN ESPECIAL POR TENER UNA REGULACIÓN ESPECIFICA POR EJEMPLO EN EL CASO DE SEGUROS O FIANZAS, O LE DEBAN FACTURAS QUE HAN SIDO RECONOCIDAS JUDICIALMENTE POR SU DEUDOR, PAGARES, O CHEQUES QUE LE DEBAN A SU EMPRESA CON UNA DEUDA INFERIOR A LOS 4 MILLONES DE PESOS EN JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, LA SOLUCIÓN SE VENTILARÁ, POR ESTE TIPO DE JUICIOS, SALVO ALGUNAS EXCEPCIONES QUE HACE LA LEY COMO CUANDO HAY CUANTÍAS INDETERMINADAS EN DONDE LA PRETENSIÓN EN JUICIO NO SEA UNA CANTIDAD CUANTIFICADA, SI NO UN CONDUCTA RECLAMADA, POR EJEMPLIFICARLE ALGUNOS CASOS, COMO EL ATACAR LA VALIDEZ DE UN ACTA DE ASAMBLEA, O INCLUSIVE EL NOMBRAMIENTO DE UN DIRECTIVO EN UNA SOCIEDAD MERCANTIL YA QUE DEMANDAR ESTAS PRETENSIONES SE TRAMITARIA EN UN JUICIO ORDINARIO”.

    Ahora bien, si hablamos de juicios especiales…, especialmente el juicio ejecutivo mercantil, aquellos asuntos que tienen como tope 4 millones, en donde inclusive se sigan causando intereses sin un límite, es distintito sin limite de cuantía a cuantía indeterminada, puede precisamente conocer este juez oral.

    Mientras que si desde luego es un pagare (promesa incondicional de pago), que es de $4’000,001.00 pesos hacia arriba va a conocer un juez de proceso escrito.

    Espero haber sido claro en que tipo de situaciones o disputas, usted o su empresa, requerirían los servicios de una abogada mercantil o abogados mercantil, ya sea para prever un conflicto mediante la redacción de contratos mercantiles, prevenir un riesgo o solucionar una disputa de naturaleza comercial mediante juicios mercantiles, entre otras cosas…

  • ¿Que hemos reclamado como abogados corporativos en Torreon dentro del ejercicio profesional?

    • El cumplimiento de contratos mercantiles;

    • El pago de daños y perjuicios;

    • Oposiciones formuladas como acreedor en contra del acuerdo tomado por los socios al momento de reducir el capital social;

    • La responsabilidad civil en la que han incurrido ciertos administradores;

    • Eh solicitado por medio de la autoridad judicial que se convoquen asambleas generales de accionistas;

    • Eh realizado promociones solicitando al juez que nombre comisario de una sociedad anónima;

    • Eh sido responsable de demandar en la vía ejecutiva mercantil, el pago de títulos de crédito por deudas contraídas con la empresa, como pagares o cheques, así como acciones causales;

    • Hemos demandado medios preparatorios a juicio mercantil, buscando confesiones ante presencia judicial de ciertos deudores por no existir documentos que amparen deuda con la empresa.

    • Así mismo eh contestado demandas ordinarias mercantiles, así como ejecutivas de proveedores haciendo valer todas las excepciones que contempla el artículo 8° de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

    • Amparo directo e Indirecto;  

  • ¿Que tipo de contratos analiza y redacta un abogado mercantil?:

    • Compraventa;

    • Contratos de arrendamiento de bienes y servicios;

    • Contratos relativos a la propiedad industrial;

    • Contratos de representación, intermediación y distribución comercial;

    • Contratos laborales indefinidos o de duración determinada;

    • Contratos de arbitraje y mediación, entre otros;

  • ¿Que puestos de trabajo y funciones tiene los abogados mercantil?

    • Revisión de documentación corporativa de los socios;

    • Elaboración y revisión de contratos mercantiles;

    • Negociación de contratos e interacción con area produccion y de servicio (comercial);

    • Identificación y medición de riesgos;

    • Trato con autoridades y clientes;

    • Asesoría en aspectos legales regulados por bancos y aseguradoras;

    • Así como revisión de contratos de prestación de servicios con proveedores necesarios para el cumplimiento del objeto social de la empresa.

  • ¿Porque debe trabajar con nuestro despacho de abogados mercantiles y utlizar su asesoramiento juridico en negocios y servicios legales corporativos para disminuir riesgos?

    EL DERECHO DE LAS EMPRESAS ES EN NUESTROS DÍAS UNA MATERIA DE INTERÉS NO SOLO PARA LA ABOGADA MERCANTIL, LOS ABOGADOS MERCANTILES O ABOGADOS CORPORATIVOS, SI NO TAMBIÉN PARA LOS ADMINISTRADORES QUE BUSCAN ASESORÍA U ORIENTACION LEGAL COMERCIAL, PUES QUIENES FUNGEN COMO DIRECCIÓN EN UNA EMPRESA DEBEN CONOCER LA LEGISLACIÓN Y LAS REGULACIONES EMPRESARIALES EN EL ÁMBITO RESPECTIVO, PARA TENER SEGURIDAD Y REDUCIR EL NIVEL DE RIESGOS AL TOMAR DECISIONES.

    Por ejemplo, ¿De que sirve que un grupo de socios inviertan en un proyecto o negocio, si ignoran lo que esta permitido y lo que esta prohibido según las normas de la localidad?

    Los conocimientos de las normas legales mercantiles que le pueden proporcionar especialistas en derecho mercantil permiten adquirir herramientas necesarias para valorar el impacto de los riesgos empresariales y proponer soluciones para disminuirlos y prevenirlos. En este sitio web somos profesionales en derecho comercial, y tendrá la oportunidad de conocer los ordenamientos aplicables al caso concreto, además de soluciones, promoviendo una gestión empresarial con responsabilidad social y demostrando la importancia que tiene la consultoría en derecho de empresas.

    Nuestra oficina o bufete de derecho mercantil y expertos en la legislación empresarial, analizamos la responsabilidad legal de una empresa, los riesgos y la forma de resolver adecuadamente, los conflictos empresariales. NO EXISTE UNA FORMULA SECRETA PARA EVITAR QUE UNA EMPRESA O INDUSTRIA SE ENCUENTRE EN LITIGIOS O CONTROVERSIAS DERIVADAS DEL DAÑO CAUSADO POR SUS PRODUCTOS, POR LA DEFICIENTE PRESTACIÓN DE SUS SERVICIOS, COMPROMISOS COMERCIALES O DEFECTO EN SUS MERCANCÍAS. SIN EMBARGO, ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN COMERCIO, PUEDEN ESTABLECERLE MEDIDAS PREVENTIVAS QUE DEBEN ASEGURARSE PARA EVITAR EROGACIONES ECONÓMICAS QUE PUEDAN IMPACTAR NEGATIVAMENTE EN LAS FINANZAS DE ESTOS ENTES ECONÓMICOS O SOLUCIONES.

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