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¿Cuando Necesita Contratar Cobranza Juridica Empresarial Especializada?

P uede suceder y de echo sucede con bastante frecuencia, que alguien le debe dinero a su empresa y sin embargo por la razón que sea, a pesar de que la empresa sea sujeto de crédito pueda acceder a el y pueda pagarle, no le paga, ya sea porque le comentan sus clientes morosos que la empresa esta pasando por una mala situación económica, algún negocio se le complico o simple y sencillamente no le quiere pagar…

¿Como Hace Su Empresa Para Cobrar Esta Deuda?

Bueno lo primero que yo le recomendaría es tratar de negociar, trate de negociar con la empresa que les debe dinero, insista, llámele en repetidas ocasiones, todo esto con miras a que evite un juicio, trate de apelar al compromiso que tenia su deudor de pago, y puede suceder como decíamos que simplemente este pasando una mala racha y si esto se habla con claridad y le dicen la verdad, bueno…, pues podría llegar a un acuerdo, esperarle, darle tiempo…

Pero puede suceder también que esta persona, no les atiende el teléfono, ya no le tomen las llamadas, no le contestan ya los correos electrónicos, y….

NO LE QUEDA MÁS REMEDIO QUE INICIAR CON LA COBRANZA JURIDICA EMPRESARIAL O SERVICIOS DE RECUPERACIÓN DE DEUDAS Y ELABORACION DE CONTRATOS, INICIANDO UN JUICIO ANTE LA RESISTENCIA DEL DEUDOR A PAGAR. Además

Me gustaria invitarle a que se suscriba a nuestro boletin electronico donde LE ORIENTARE AUN MÁS acerca de COMO RECUPERAR SU DINERO O HACER QUE LE CUMPLAN SUS ACUERDOS MEDIANTE ACCIONES JUDICIALES; CUANDO LAS EMPRESAS DECIDEN HACERLO EVITAN ACUDIR AL FINANCIAMIENTO BANCARIO INECESARIAMENTE.

LA SUSCRIPCIÓN ES GRATUITA y podra darse de baja en cualquier momento. Además CON SU SUSCRIPCIÓN TENDRA ACCESO A NUESTRO PRESUPUESTO Y A UNA PRIMERA CITA PRESENCIAL GRATIS.

¿Y cómo es esa resistencia?

Usted no puede obligarles a ese pago, por lo menos NO por medios legales…

Quien puede obligarle es el Estado…, y eso se hace a través de un juicio (cobranza juridica)…


HABLÁNDOLE DE ESTE TEMA DE LA NEGOCIACIÓN ME REGRESO UN POCO, MUCHOS ABOGADOS ESPECIALISTAS CONSIDERAN QUE, SI VALE LA PENA NEGOCIAR, PERO EL MEJOR ARREGLO LO ENCUENTRAN CUANDO YA ESTA ENTABLADO UN JUICIO, CUANDO YA ESTA PRESENTADA LA DEMANDA, POR DECIRLO DE UNA MANERA MUY SENCILLA, CUANDO LAS PERSONAS VEN QUE ESTO VA ENSERIO, QUE YA NO ESTÁN JUGANDO…, BUENO HASTA ESE MOMENTO SE ENCUENTRAN YA A NEGOCIAR…

Y hay otro sector de abogados especialistas en derecho mercantil que, prefiere antes de llegar a la negociación…, aquí si es cuestión de estilos, desde luego de la capacidad negociadora del abogado, entonces el abogado será el que escogerá el camino y desde luego aunque se inicie el juicio, siempre en cualquier etapa del juicio (cobranza juridica empresarial) podremos llegar a un arreglo, a una negociación a un convenio, entonces le digo usted va a tratar de negociar, pero si eso ya no es posible, necesariamente tendrá que ir a juicio.

Como ya he platicado anteriormente, es MUY importante buscar abogados especialistas en derecho mercantil, porque no cualquier abogado sabrá como cobrar una deuda específica, ya que no es lo mismo una deuda que provenga de servicios profesionales o servicios, por ejemplo, alguna empresa dedicada al Outsourcing, que brinda el servicio y no se le paga…

Caso contrario, no seria eso lo mismo una empresa a la que no le pagaron un titulo de crédito, por ejemplo, un pagare o que vendió una mercancía y no se le ha pagado, es decir depende de donde derive el adeudo, será el tipo de especialista al que tiene que contratar…

Entonces como recomendación contrate para su cobranza juridica empresarial abogados especialistas en derecho mercantil, porque hay servicios por ejemplo que se brindan y que están regulado por diversas leyes o normas oficiales.

Ahora abría que distinguir, si tenemos documentos en donde esta establecida la deuda, o si no los tenemos, ya que por eso la cosa cambia, es diferente y puede ser más fácil en un caso, y más difícil en el otro.

Por ejemplo, documentos en donde se establece la deuda, donde consta la deuda, bueno por ejemplo podrían ser cheques que no le fueron pagados a la empresa, un pagare que no les fue pagado, un contrato en donde se establecía ah que se obligaba cada una de las partes, tal vez su empresa haya cumplido con sus obligaciones, pero la otra parte no cumplió.

Y ahí dice ah que se obligaba, a pagar tal cantidad de dinero, o hacer un acto determinado, podría tener facturas, que le timbro a su contraparte, y que no le fueron pagadas a su empresa, y así no…, documentos como los que le he mencionado, y en donde se establece la deuda…

Hay que pensar siempre cuando usted va a contratar, cuando va iniciar una relación jurídica con alguna empresa, de donde va a resultar una deuda que trate de pactar a lo que se va obligar mediante la elaboración de contratos, si es el caso,o caso contrario solo documentarlo mediante títulos de crédito (pagare o cheque) y que quede por escrito.

Y creo desde ese momento seria recomendable contratar abogados especialistas en derecho mercantil, para que preventivamente le indiquen como documentar cada tipo de negocio jurídico, antes de que lleguen los problemas le asesore, y sea el que les redacte el documento.

“LO QUE SI NUNCA LE RECOMENDARÍA ES QUE UNA PERSONA QUE NO ES VERSADA EN DERECHO SEA LA QUE REDACTE UN CONTRATO”

Si tiene un documento en donde consta la deuda el juicio va ser más sencillo porque, precisamente hay ya un documento donde se estableció ah que estaba obligada cada una de las partes… y simplemente le queda exigir el cumplimiento…

Pero puede suceder también que no tiene documentos, que no tenga un documento donde consta la deuda, esto NO quiere decir, que no pueda demandar, solo que el juicio va a hacer mas complicado y desde luego más costoso, porque lo IMPORTANTE aquí es que le puede probar, que le puede demostrar al juez, entonces en un documento ya dice ah que se obliga cada una de las partes, pero si no existe ese documento, no quiere decir que no pueda demandar, si no que va a tener que acercarle al juez otro tipo de pruebas.

Vamos a pensar, en algún caso que frecuentemente se nos presenta….

Por ejemplo, un arquitecto, que construyo una casa, la termina y no le pagan, entonces no firmo ningún documento o contrato por sus servicios. Y sin embargo la persona propietaria del inmueble no le esta pagando al arquitecto.

¿Podría Demandar e Iniciar La Cobranza Juridica a Pesar De No Tener Ese Contrato?

Bueno podría demostrarse, que, en ese lugar, antes había un terreno, un terreno sin construcciones y que actualmente hay una casa, entonces primera prueba, no había casa, ahora hay una casa, bueno, entonces tendrán comunicaciones entre el arquitecto y su cliente, probablemente habrá correos entre ellos, especificando, oye como va la obra, falta este material, la pintura de que color va ser, etc., correos que demuestren que hubo comunicaciones, en los que hay instrucciones de como quería esa persona su casa, es muy probable que existan planos, que se haya mandado un presupuesto, es muy probable que exista tramitada una licencia de construcción, entonces, cada un por si solo no le va a demostrar al juez la relación que existió, pero todos juntos, en su conjunto valla VAN A DEMOSTRAR LA EXISTENCIA DE LA DEUDA.

Entonces ya le estoy demostrando a su señoría que antes no había casa y ahora si la hay, les estoy demostrando que hubo varios correos, entre el arquitecto y su cliente, que además se elaboraron unos planos que además coinciden con la casa que existe actualmente ahí, le voy a demostrar que se tramito una licencia, donde se le pidió a la autoridad, permiso valla para edificar esa construcción y pues todo pues demuestra que si no había casa alguien la construyo, entonces vamos a aportarle otros elementos de prueba aunque no sea el documento donde con claridad se reconozca o se establezca la deuda y de ahí el juez podrá valorar y podrá decidir si le asiste la razón o no…

Y pues esto dependerá de que tantos elementos probatorios, le aportemos al abogado decíamos que tan difícil será el juicio y también el monto de los honorarios, entre más fácil sea el juicio o la cobranza juridica pues deben ser menores los honorarios.

Si le esta dando al abogado MUY pocas herramientas para trabajar, y va a tener que hacer un GRAN esfuerzo argumentativo para demostrarle al juez que tiene la razón, seguramente en esa medida también aumentaran los honorarios.

Ya por ultimo quiero platicarle que al menos en materia civil, en materia mercantil, antes de un juicio puede no es necesario ni obligatorio, pueden llevarse ciertos actos previos al proceso llamados MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO

Y sobre todos son importante cuando, los documentos que usted tiene no están bien elaborados o le faltan alguno de sus requisitos, o no tiene documentos en donde conste la deuda, entonces se pueden llevar a cabo estos actos previos al proceso para perfeccionar los documentos que están deficientes y después ya perfeccionados, ya inicia con más seguridad al juicio, no le quiero enredar con este tema de los medios preparatorios a juicio, pero que quiero sepa que existen y de los cuales posteriormente hablare de ellos…

Antes de terminar le recuerdo que como estamos a sus ordenes para disipar cualquier duda que pueda tener respecto a temas que estén involucrados con la cobranza juridica. Además le invito a que conozca la posición diferenciadora de nuestro despacho al brindar los servicios legales y si usted así lo decide el compromiso que asumimos al representar en juicio a nuestros clientes.

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