¿Quién le paga al abogado sus honorarios?
El día de HOY QUIERO HABLARLES ACERCA DE QUIEN LE PAGA AL ABOGADO SUS HONORARIOS Y DE LA MANERA EN QUE PUEDE HACER USTED QUE SU SERVICIO LEGAL LE SALGA GRATIS. Y no estoy hablando de los servicios públicos brindados por la defensoría de oficio, es decir en la situación donde tal vez usted no tenga posibilidades económicas, y entonces se acerca al órgano del gobierno del estado y pues se les hace un estudio socioeconómico, para ver que deveras no tiene la capacidad para pagar los servicios de un abogado particular y de ser ese el caso el propio gobierno le asigna un abogado.
En esta publicación voy a hablarle de aquellos casos, en los que contratan con un abogado y le tienen que pagar desde luego, ya en la publicación anterior como cobra un abogado hable un poco acerca de los métodos, en los que el abogado cobra sus honorarios, cuales son aquellos esquemas que se pueden manejar para el cobro y como el cobro de estos honorarios dependerá de distintos factores…
Entonces usted se ve obligado a ir a juicio (me demandaron que debo hacer) ya sea como parte demandada o como parte actora, es decir la persona que interpone la demanda, y pensemos el supuesto de que usted gana el juicio, entonces ya se libraron de lo que le estaban demandando o caso contrario que usted fuera la parte actora, es decir que usted interpusiera la demanda pues gano lo que estaba reclamando…
Y usted se pregunta…
¿Quién paga los servicios profesionales?
Es decir, y lo que le pago al abogado y todo lo que gasto es en su perjuicio, ¿ya nadie se lo va a regresar?…, BUENO, PUES EXISTEN LOS CONCEPTOS DE GASTOS Y COSTAS, QUE EN CASO DE QUE USTED GANE EL JUICIO SE LE PUEDEN COBRAR A SU CONTRAPARTE.
Pues así de manera muy breve, LAS COSTAS SON LOS HONORARIOS DEL ABOGADO PROPIAMENTE, LO QUE LE ESTÁ COBRANDO EL ABOGADO AL PACTO QUE USTED LLEGA CON EL Y SI USTED GANA EL JUICIO SE PUEDEN RECUPERAR.
PARA ESTO EL ABOGADO, PUES DEBE SER DE VERAS ABOGADO ES DECIR DEBE TENER CEDULA PROFESIONAL Y ESO LO VA A TENER QUE USTED ACREDITAR, EN ALGÚN MOMENTO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO, esas serian las costas, los honorarios del abogado.
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Por otra parte LOS GASTOS, SON TODAS LAS DEMÁS EROGACIONES QUE USTED TUVO QUE REALIZAR, EN EL JUICIO, por ejemplo: si usted tuvo que contratar un perito en caligrafía y en documentos cuestionados ya que usted alegaba que una firma era falsa, o tuvo que contratar los servicios de un valuador, o tuvo que contratar y desde luego pagar los servicios de un perito traductor, bueno pues TODOS ESOS GASTOS QUE USTED TUVO, TAMBIÉN AL FINAL DEL JUICIO SI ES QUE USTED GANA LOS PUEDE RECUPERAR…
Entonces cuando usted gana digámoslo así, todo lo que usted esta reclamando, o cuando usted se defiende en juicio de tal manera que la contra parte perdió todo lo que en su demanda estaba reclamando, seria condenado a pagarle lo que usted gasto por honorarios (costas) y los demás gastos…
¿Cuándo proceden el pago de estos gastos y costas?
Cuando gana todo lo reclamado podríamos decir, y los códigos procesales en CADA ENTIDAD FEDERATIVA DE LA REPÚBLICA, PUEDE ESTABLECER REQUISITOS DIFERENTES, pero pues básicamente es:
CUANDO LA CONTRAPARTE EJERCITÓ ACCIONES TOTALMENTE IMPROCEDENTES, ES DECIR, CUANDO LO QUE LE DEMANDABA O EN LA MANERA EN QUE SE DEFENDIÓ ERA NOTORIAMENTE Y TOTALMENTE IMPROCEDENTE.
O BIEN CUANDO NO OFRECIO NINGUN TIPO DE PRUEBAS.
O CUANDO PRESENTA DOCUMENTOS FALSOS.
O CUANDO PRESENTA TESTIGOS TAMBIEN FALSOS O SOBORNADOS.
O CUANDO USTED LE GANA LA PRIMERA INSTANCIA DEL JUCIO, Y LA CONTRAPARTE SE VA A LA APELACIÓN, SE INCONFORMA CON EL RESULTADO, SE INCONFORMA CON LA SENTENCIA Y AHÍ TAMBIEN LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE ALZADA SE CONFIRMA, LE VUELVE A GANAR BUENO AHÍ TAMBIEN LO VAN A CONDENAR AL PAGO DE GASTOS Y COSTAS.
AL FINAL PUES SE VA A DEMOSTRAR CUANTO USTED LE PAGO AL ABOGADO y normalmente lo que se presenta es el contrato de prestación de servicios y la factura timbrada por el abogado, pero SI NO por ejemplo puede recuperar LO QUE MARCA LA LEY DE ARANCEL QUE ESTABLECE EL COBRO DE HONORARIOS DE LOS ABOGADOS de su entidad federativa por concepto de costas.
Tome esto en cuenta en los juicios en los que sea involucrado, usted tiene que contratar abogados especializados, NUEVAMENTE NO ME CANSARE DE REPETIRLE BUSQUE AL ABOGADO EXPERTO, AL ABOGADO ESPECIALISTA Y EN LA MEDIDA DE SUS CONOCIMIENTOS, Y DE LA COMPLEJIDAD DEL ASUNTO PUES COBRARA HONORARIOS PERO TENGA PRESENTE QUE AL FINAL USTED PUEDE RECUPERAR ESOS HONORARIOS Y PUEDE RECUPERAR ESTOS GASTOS, platíquelo con el abogado de su confianza cuando valla usted a instaurar un juicio y le de dará el panorama de lo que al final usted podría obtener.
Espero poder haber sido claro, haber disipado la cuestión de quien le paga al abogado sus honorarios, ¿Qué opina?
Le recuerdo que quedo a sus ordenes para resolver cualquier duda que tenga respecto a este tema y le invito ah que conozca los beneficios que tiene nuestro despacho al contratar nuestros servicios profesionales y el compromiso que tenemos con nuestros clientes.
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