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¿Que Es La Patria Potestad?

Son DERECHOS Y DEBERES QUE TIENEN LOS PADRES SOBRE SUS HIJOS, y a falta de ellos los abuelos, siempre y cuando sus nietos aun sean menores de edad y no este emancipados.

¿Cuáles Son Esos Derechos Y Deberes?

EL DERECHO Y DEBER DE CRIAR, EL DERECHO A EDUCAR, LA GUARDA DEL MENOR Y DE SUS BIENES, Y SU REPRESENTACIÓN LEGAL.

La Patria Potestad Como Institución Jurídica

Hay 2 instituciones jurídicas que protegen a los incapacitados, ya que se puede ser incapacitado por ser menor de 18 años, o por estar enajenado mentalmente.

Entonces la primera de ellas y de la que hablaremos en esta publicación es la patria potestad. Por lo tanto, cuando una persona es menor de edad, aun no adquiere la capacidad de ejercicio: esta es, la aptitud para hacer valer sus derechos y cumplir sus obligaciones.

LA LEY TUTELA O PROTEGE LOS DERECHOS DE LOS MENORES MEDIANTE ESA INSTITUCIÓN, y en consecuencia le da representación sobre sus menores hijos a los padres y a falta de ellos a sus abuelos.

Por lo que podemos llegar a la conclusión de que LA PATRIA POTESTAD EN INTELIGENCIA ES IRRENUNCIABLE, Y NO PUEDE PRIVARSE DE ELLA EXCEPTO EN LOS CASOS PREVISTOS POR LA LEY.

Así de que no se deje intimidar si el padre de sus hijos le amenaza de que le va a quitar como dicen coloquialmente a sus hijos, porque la patria potestad como lo dijimos anteriormente son derechos y deberes que tienen sobre los hijos reconocidos, por lo que no podría el varón sustraer de su cuidado a su(s) hijo(s) así nada más en forma arbitraria, ni privarle de esos derechos, bueno por lo menos no legalmente, ya que el único que declara o constituye derecho es un juez, es decir el único, que puede de declarar perdidos o suspendidos esos derechos.

Entendido lo anterior procedo a darle respuesta a:

¿Como Se Pierde La Patria Potestad?

MEDIANTE UN JUICIO, EN LA CUAL SU SENTENCIA DECRETE PERDIDOS ESOS DERECHOS. SIN EMBARGO, LA PERDIDA DE LOS DERECHOS REFERIDOS, NO EXTINGUE LOS DEBERES QUE LA PATRIA POTESTAD IMPONE.

¿Cuándo Se Pierde La Patria Potestad?

Según lo dispuesto por el artículo 432 de la ley para la familia de Coahuila…

  • Cuando el titular sea condenado por delitos intencional a una pena de prisión inconmutable, es decir que no pueda ser sustituida por una menos severa y con ello se acredite una afectación al interés superior del menor.
  • Cuando por costumbres depravadas de quienes la desempeñen, malos tratamientos o abandono de sus deberes frente a sus hijos, o nietos se pueda comprometer la salud, la seguridad o la moralidad de un niño o niña.
  • Cuando los padres o los abuelos:

– Exponga a su hija. Hijo o nieta menor de un año por más de un día;

– Abandone o dejen de visitar a los menores por mas de tres meses si este quedo a cargo de una persona. Las visitas ocasionales o intermitentes no interrumpen el termino de 30 días, si no tienen el firme propósito de que la niña o niño sea reintegrado;

– Abandonen por más de un día a su hijo o hija, nieto o nieta, no hubiera quedado al cuidado de una persona y el abandono sea intencional.

– Abandone, deje de asistir y convivir injustificadamente con la niña o niño por más de 30 días naturales cuando este se encuentra acogido en una institución de asistencia social sea pública o privada. Las visitas ocasionales o intermitentes, no interrumpen este término…

  • Cuando por los hábitos de juego o de embriaguez, y el uso indebido y persistente de enervantes, estupefacientes o psicotrópicos o de cualquier otra sustancia que altere la conducta y produzca dependencia de quienes la desempeñan, se pueda comprometer la salud, la seguridad o constituyan un serio impedimento para el adecuado desarrollo integral de la niña o niño.
  • Cuando quien la desempeña padezca alguna afección originada por enfermedad o deficiencia persistente de carácter físico, psiquiátrico o sensorial; siempre que debido a ella afecte a su conducta y pueda comprometer la salud, la seguridad o el adecuado desarrollo integral de la niña o niño.
  • Cuando el consejo de la familia determine luego de evaluación, que no es viable restituir al ascendiente suspendido por causas que le sean imputables, los derechos que la patria potestad confiere;
  • Cuando el que la ejerza cometa actos de violencia física, psicológica o sexual, en contra de la niña o niño.

Además

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Este procedimiento le permitiría tal vez, iniciar posteriormente un juicio de adopción, sin la necesidad de necesitar al otro progenitor para posteriormente otorgarle los apellidos de otra pareja e integrar a su nuevo núcleo familiar a su hijo. O por ejemplo no necesitar al otro progenitor para autorizar la salida del menor a otro país.

COMO SE DARÁ CUENTA, NO ES SIMPLEMENTE HACER UNA ACUSACIÓN RESPECTO ALGÚN SUPUESTO DE LOS ANTERIORES, O HACER AMENAZAS, SI NO PROBARLO, Y DEMOSTRARLOS EN JUICIO, PARA QUE ÉL JUEZ PUEDA APLICAR LAS CONSECUENCIAS DE LA NORMA AL CASO CONCRETO.

como se pierde la patria potestad

Antes de terminar le recuerdo que estamos a sus ordenes para disipar cualquier duda que pueda tener respecto al tema como se pierde la patria potestad. Además le invito a que conozca la posición diferenciadora de nuestro despacho al brindar los servicios legales y si usted así lo decide el compromiso que asumimos al representar en juicio a nuestros clientes.

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